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Coronavirus – Decreto Municipal del 18 de marzo
La Municipalidad de Valle María pone en conocimiento de la población las últimas medidas tomadas en el marco de la emergencia sanitaria, a través del Decreto Municipal 27/2020:
DECRETO DE PRESIDENCIA MUNICIPAL Nº 27/2020
Valle María, 18 de marzo de 2020
VISTO:
El decreto Nº 368/2020 del Gobierno de Entre Ríos
CONSIDERANDO:
Que el decreto Nº 368 de fecha 17 de marzo de 2020 declara asueto administrativo para la administración publica provincial, hasta el día 31 de marzo de 2020, a partir de la declaración de emergencia sanitaria dispuesta en toda la provincia de Entre Ríos por el decreto Nº 361 M:S: de fecha 13 de marzo de 2020.
Que a los efectos de extremar las medidas de prevención en virtud del estado de alerta sanitaria en que se encuentra la republica Argentina y contribuir al aislamiento como forma de lucha contra la pandemia de coronavirus, es necesario recurrir a mecanismos que lo faciliten en el ámbito de la municipalidad de Valle María, para evitar los contactos persona a persona.
POR ELLO
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE VALLE MARIA
D E C R E T A:
Artículo 1°: DISPONESE asueto administrativo en el ámbito de la municipalidad de Valle María a partir del día de la fecha hasta el día 31 de marzo de 2020 inclusive, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran derivarse debido a la evolución de la situación sanitaria.
Artículo 2°: A los fines del procedimiento administrativo, todos los vencimientos que operaban durante el mes de marzo de 2020 se prorrogan para el día 3 de abril de 2020.
Artículo 3º : De acuerdo a las recomendaciones de los ministerios de salud de la provincia de Entre Ríos y de la Nación Argentina, siendo de vital importancia adoptar nuevas acciones para proteger la salud a los trabajadores municipales y de la población en general, como así también es necesario garantizar las actividades propias del gobierno Municipal, se continuara con la atención y la prestación de los servicios esenciales, disponiendo control de ingreso de personas y otras medidas que garanticen mantener las distancias recomendadas.
Artículo 4º: Se realizará, por medio de la secretaría de gobierno, el control del cumplimiento de los protocolos de prevención de la pandemia en todos los comercios con atención al público aplicando los apercibimientos de clausura en caso de ser necesario.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese y cumplido el cometido de la presente, Archívese.
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