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Comunicado del Comité de Emergencia: Horarios (08-01-21)
Ante la reciente publicación del Decreto N.º 5 de fecha 8/01/2021 por parte del gobierno de la Provincia de Entre Ríos donde dispone:
ARTICULO 1°: Restrínjase en todo el territorio provincial la circulación de personas en la franja horaria comprendida entre la 1 am y 6 am, con una tolerancia de 30 minutos, de conformidad a lo manifestado en los Considerandos del presente.
ARTICULO 2°: Disponerse la restricción de la actividad comercial en la franja horaria determinada en el artículo 1°.
ARTICULO 3°: Exceptuase de lo dispuesto en los artículos precedentes a las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme previsto en el art. 11 del DNU N.º 1033/20 PEN.
ARTICULO 4°: Establecese que las medidas dispuestas por el presente decreto tendrán vigencia desde el día 9 de enero hasta el domingo 24 de enero de 2021 inclusive.
ARTICULO 5°: Facultase a los Presidentes Municipales y/o Comunales según corresponda a ampliar la franja horaria determinada en el artículo 1° del presente Decreto en caso de determinarse oportuno y conveniente, previo análisis de las variables sanitarias y epidemiológicas en las jurisdicciones de su competencia.
El Comité de Emergencia de Valle María, analizada la situación local, dispone adherir en todos sus términos al mencionado Decreto.
Seguimos recordando a toda la población la importancia de continuar cumpliendo las medidas de protección sanitaria:
- Distanciamiento Social
- Uso de tapa boca
- Lavado frecuente de manos (utilización de alcohol en gel)
- Utilización de elementos personales como botellas, vasos y toallas
- No compartir mate.
- Desinfectar y ventilar los ambientes del hogar.
- Desinfectar los productos que se adquieren en los comercios.